Extensión del plazo de presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy el Real Decreto-Ley 14/2020, de 14 de abril, por medio del cual se recoge la petición realizada por asociaciones empresariales, el colectivo de los trabajadores autónomos y el de profesionales del ámbito tributario, de extender el plazo de presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias. 

La extensión del plazo aprobada no abarca a todos los sujetos pasivos, sino que sólo pueden acogerse a ella aquellos obligados tributarios con un volumen de operaciones no superior a los seiscientos mil (600.000) euros en el año 2019. 

Las declaraciones y autoliquidaciones que gozarán de la extensión son todas aquellas que deban presentarse a partir de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley, es decir, aquellas cuyo plazo de presentación venza a partir del 15 de abril, que se aplazarán hasta el próximo 20 de mayo. 

Para todos aquellos contribuyentes que opten como forma de pago por la domiciliación, el plazo de presentación se extiende hasta el 15 de mayo de 2020. En estos casos, el cargo se efectuará el 20 de mayo de 2020. 

Sin perjuicio de lo anterior, la extensión no resulta de aplicación a los grupos siguientes: 

  • Los grupos fiscales que apliquen el régimen especial de consolidación fiscal regulado en el capítulo VI del título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades, con independencia del importe neto de su cifra de negocios.
  • Los grupos de entidades que tributen en el régimen especial de grupos de entidades del Impuesto sobre el Valor Añadido, regulado en el capítulo IX, del título IX de la Ley de dicho impuesto, y ello, con independencia de su volumen de operaciones. 

Los nuevos plazos de presentación e ingreso tampoco son aplicables en relación con la presentación de declaraciones reguladas en el Reglamento (UE) número 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se aprueba el Código Aduanero de la Unión

Quedamos a vuestra disposición para cualquier duda o aclaración al respecto. 

Saludos cordiales, 

JULIO VILAGRASA Y ASOCIADOS 

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